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Análisis

¿Cuáles son las implicaciones del decreto de Trump sobre terroristas extranjeros para los derechos de los no ciudadanos?

El poder ejecutivo no tiene carta blanca para deportar a personas de países que tiene en la mira. Debe prever imputaciones relacionadas con la Primera Enmienda.

febrero 6, 2025
The White House at night
Erik Pronske Photography/Getty
  • El decreto va mucho más lejos y es un presagio de medidas gubernamentales para revocar las visas de extranjeros que viven en los Estados Unidos en base a su opinión política y cultural.
  • Todas las medidas de este tipo deben ser y, seguramente, serán impugnadas con argumentos relacionados con la Primera Enmienda.

Este artículo se publicó inicialmente en Just Security.

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El decreto del 20 de enero de 2025 del presidente Trump sobre “Protección de los Estados Unidos de Terroristas Extranjeros y Otras Amenazas para la Seguridad Nacional y Pública” está totalmente dirigido a resucitar una versión de la prohibición de viajes para musulmanes de su primer mandato. Pero el decreto va mucho más lejos y es un presagio de medidas gubernamentales para revocar las visas de extranjeros que viven en los Estados Unidos en base a su opinión política y cultural. Todas las medidas de este tipo deben ser y, seguramente, serán impugnadas con argumentos relacionados con  la Primera Enmienda.

En 2015, el candidato Trump anunció que quería prohibir que los musulmanes ingresen al país, una idea que ha retomado una y otra vez. Tras asumir el mando en enero de 2017, prohibió temporalmente que personas de siete países predominantemente musulmanes ingresen a Estados Unidos. Su segundo decreto al respecto propuso una “revisión de alcance mundial” y nivel interinstitucional sobre si se requería información adicional de ciertos países para tomar decisiones sobre visas solicitadas debidamente.

Aunque los tribunales federales lo bloquearon inicialmente, la Corte Suprema permitió que la tercera versión de la prohibición (en septiembre de 2017) entre en vigor. Esta versión bloqueó indefinidamente los viajes a Estados Unidos de seis países predominantemente musulmanes, Corea del Norte y ciertos funcionarios del gobierno venezolano. El gobierno de Trump ha afirmado que esta lista se basa en su revisión de la información que brindan los países afectados.

A pesar de las graves incongruencias en la revisión, la mayoría en la Corte dictaminó que se justificaba suficientemente ignorar la clara intención del presidente de ir tras los musulmanes. El presidente Biden anuló la prohibición su primer día en el cargo en 2021.

Está claro que el actual gobierno de Trump aprendió ciertas lecciones de las impugnaciones legales que enfrentó en 2017–2018. El decreto de la semana pasada les pide a los secretarios de Estado y Seguridad Nacional, al fiscal general y al director de Inteligencia Nacional que identifiquen países “en los cuales el escrutinio y la investigación de antecedentes es tan deficiente como para garantizar la suspensión parcial o completa de la admisión de ciudadanos de dichos países conforme a la sección 212(f) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act)”. (Esa disposición de la ley, en los que también se fundamentaron los previos decretos de Trump, otorga al presidente la autoridad de suspender el ingreso de no ciudadanos que determina podrían ser “perjudiciales” para los intereses de Estados Unidos). Es de esperar que este gobierno vuelva a tratar de prohibir a ciudadanos de ciertos países en base al informe interinstitucional, que se debe entregar el 21 de marzo.

El decreto también contempla varias medidas dirigidas a las personas que ya se encuentran en Estados Unidos. Se exige que el secretario de Estado identifique el número de personas que han sido admitidas desde enero de 2021 (es decir, desde el inicio del período del presidente Biden) provenientes de países que no brindan suficiente información a los Estados Unidos.

También se le encarga identificar otra información relevante sobre los actos y actividades de dichas personas, y en los casos en que dicha información respalde la exclusión o deportación de personas, la secretaria de Seguridad Nacional tiene la responsabilidad de excluir o deportar a esas personas.

Si bien todavía no sabemos exactamente las conclusiones a las que llegará la revisión en curso, la revisión interinstitucional casi idéntica de 2017 identificó a 16 países que brindan información deficiente, y ocho terminaron en la lista de países prohibidos. Datos públicos de 2021–2023 muestran que Estados Unidos ha permitido el ingreso de poco más de 200,000 personas de los ocho países prohibidos, todas las cuales, como mínimo, podrían ahora estar en riesgo.

Varias disposiciones adicionales del decreto —que se aplican independientemente de si la persona proviene de un país que se ha determinado que no brinda suficiente información— están dirigidas directamente a las actividades protegidas por la Primera Enmienda. La Sección 3(d) le pide al Secretario de Estado que recomiende medidas contra los extranjeros que socaven o intenten socavar los derechos constitucionales de los ciudadanos estadounidenses, incluidos los derechos a la libertad de expresión y al libre ejercicio de la religión.

Estas medidas se pueden utilizar, en primer lugar, para atacar a los estudiantes y profesores extranjeros que protestan contra la guerra en Gaza, entre otras cosas. Como candidato presidencial, Trump dejó claro que tenía la intención de tomar medidas contra estos manifestantes y prometió  “deportarlos de inmediato”. La plataforma del Partido Republicano para 2024 también promete “DEPORTAR A LOS RADICALES PROHAMAS Y HACER QUE NUESTROS CAMPUS UNIVERSITARIOS VUELVAN A SER SEGUROS Y PATRIÓTICOS”.

Además, varios miembros del Congreso han pedido explícitamente la deportación de los manifestantes propalestinos alegando que han puesto en peligro a estudiantes judíos. La orden indica al Secretario que sugiera medidas adicionales contra quienes piden el “reemplazo de la cultura en la que se basa nuestra República Constitucional”. Esto podría utilizarse para atacar a una amplia gama de ciudadanos extranjeros en Estados Unidos que participan en actividades de protesta, incluidos los defensores de los inmigrantes.

Por último, la orden exige medidas adicionales contra quienes brindan “ayuda, defensa o apoyo a terroristas extranjeros”. Esta formulación es similar a los motivos de exclusión y deportación previstos en la ley de inmigración, y es probable que el poder ejecutivo la interprete ampliamente para aplicarla a ciudadanos extranjeros que presuntamente hayan hecho declaraciones a favor de Hamas.

Sin embargo, los no ciudadanos también tienen derechos constitucionales. Aunque las leyes al respecto son complicadas, los memorandos de Seguridad Nacional recientemente revelados, que evalúan la capacidad del gobierno para excluir o expulsar a extranjeros en Estados Unidos debido a discursos, que supuestamente apoyan el terrorismo, admiten que tales esfuerzos, casi con certeza, estarían sujetos a un escrutinio estricto y probablemente no sobrevivirían tal revisión.

Si bien es cierto que los secretarios de Estado y Seguridad Nacional suelen tener amplia discreción para revocar visas y otros documentos de inmigración, y puede ser difícil obtener una revisión judicial de tales decisiones, la ley simplemente no le otorga al gobierno carta blanca para deportar.

Traducción de Keynotes Translations and Editorial Services