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Análisis

La opinión de la Corte Suprema en el caso de inmunidad protege a presidentes delincuentes 

El radical dictamen en el caso Trump v. United States es un peligroso ataque contra el estado de derecho.

Julio 3, 2024
Supreme Court
Susan Walsh/AP

En una decisión desconcertante y sin ninguna base legítima, la Corte Suprema le concedió a todo presidente una serie de protecciones amplias que lo eximen de cualquier procesamiento penal por los “actos oficiales” que lleva a cabo durante la presidencia. 

Este dictamen redactado por la supermayoría conservadora de la Corte saca una nueva regla constitucional de la nada. Y plantea obstáculos abrumantes e injustificables que impedirán procesar penalmente a cualquier presidente que quebrante la ley.

Trump ahora está en la posición perfecta para renovar sus intentos de desestimar los cargos impuestos en su contra y evadir la responsabilidad por los graves delitos que se le acusa haber cometido contra nuestra democracia. La Corte ha dejado el estado de derecho destrozado y, encima, mira para el otro lado.

La opinión de la Corte, con 6 votos a favor y 3 en contra —redactada por el presidente de la Corte, el magistrado John Roberts, y avalada por los magistrados Clarence Thomas, Samuel Alito, Neil Gorsuch, Brett Kavanaugh y Amy Coney Barrett—, intenta establecer una serie de reglas para procesar a cualquier ocupante, actual o futuro, de la Oficina Oval. 

El presidente, dictamina la Corte, “no puede ser procesado por ejercer sus facultades constitucionales básicas y tiene derecho, por lo menos, a una presunta inmunidad de procesamiento por sus actos oficiales”. 

La Corte señala que el presidente “no goza de ninguna inmunidad por sus actos no oficiales, y no todo lo que hace el presidente es oficial”. Pero esta última afirmación suena hueca en el contexto del resto de la opinión. 

La Corte ha creado aquí un sistema elaborado de reglas ambiguas que no solo incrementarán la complejidad del caso contra Trump, sino que también erosionarán los controles que teníamos contra cualquier acto ilegítimo por parte de un presidente. Es tanto un obstáculo al procesamiento penal como un incentivo a una mayor insurrección.

El caso Trump v. United States considera el proceso penal que se inició contra Trump en Washington, DC, por varios delitos federales relacionados con su presunto intento de anular los resultados de las elecciones de 2020, lo cual propulsó el ataque contra el Capitolio del 6 de enero. 

El fiscal especial Jack Smith presentó la acusación de que, como parte de esta conspiración, Trump y sus aliados promovieron alegaciones falsas de fraude electoral, presionaron a funcionarios estatales para que ignoraran los resultados del voto popular, organizaron la presentación de electores ilegítimos a favor de Trump, presionaron al Departamento de Justicia para que efectúe investigaciones falaces sobre delitos electorales e intentaron hacer que el entonces vicepresidente Mike Pence reemplazara a electores legítimos por otros falsos. 

Trump trató de que se denegara el caso —o, por lo menos, que se demorara hasta después de las elecciones de 2024— al argumentar que el presidente tiene inmunidad absoluta de cualquier procesamiento penal por sus actos oficiales. Después de que su argumento hubiera fracasado en un tribunal de primera instancia y luego en un tribunal de apelaciones, lo llevó a la Corte Suprema, que acaba de recompensar su clara táctica de demoras y las tácticas de “cueste lo que cueste” de sus abogados con una opinión que es desconcertante tanto por su esencia como por su efecto. 

Por primera vez, la Corte Suprema ha afirmado que el presidente está por encima del derecho penal, un rechazo rotundo a un aspecto fundamental de la tradición jurídica y política de los Estados Unidos. 

La idea de que un presidente que quebranta la ley puede ser procesado era una cuestión de sentido común para los autores de la Constitución, un concepto esencial para la ratificación de la Constitución a fines del siglo dieciocho y un principio básico que ha guiado el accionar de todos los presidentes desde entonces. (Quince historiadores prominentes representados por el Brennan Center y por nuestros colegas de la firma de abogados Friedman Kaplan plantearon precisamente este mismo argumento en un escrito de amici curiae, o amigos de la corte, que presentaron durante la primavera pasada).

La Corte ha desestimado todo esto y, en su lugar, ha fabricado una nueva regla constitucional de la nada.

Los procesos que la Corte ha elaborado para hacerlo están confeccionados a favor de Trump. Cuando sea que el caso vuelva al tribunal de primera instancia de la jueza Tanya Chutkan, a Trump se lo presumirá inmune por defecto; y la carga de la prueba le corresponderá a la fiscalía, que deberá demostrar que no es inmune. 

La definición de la Corte de “actos oficiales” es extremadamente amplia y llega “al perímetro más externo de la responsabilidad oficial [de Trump]”. (La Corte no señaló con exactitud dónde termina este perímetro). La fiscalía ahora debe probar que, al procesar a Trump por esos actos oficiales, “no traería ningún peligro de intromisión en las facultades y funciones” de la presidencia (el énfasis es nuestro). 

La fiscalía no podrá afirmar que un acto oficial es “no oficial” por los motivos que tuvo el presidente para hacerlo. Y Trump puede solicitar otra ronda de revisión de un tribunal de apelaciones si el tribunal de primera instancia no lo declara inmune. 

En el supuesto caso de que la fiscalía pudiera superar estos obstáculos, no podrá utilizar los “testimonios ni los registros privados de [Trump] ni de sus asesores” en torno a sus actos oficiales para probar su culpabilidad. 

La Corte justifica toda esta nueva complejidad como necesaria para proteger a supuestos presidentes futuros de supuestos procesamientos futuros. Lo grave es que no lo justifica como una respuesta a los actos de un expresidente de carne y hueso y creíblemente acusado en el caso que les ocupa. 

Del mismo modo en que los magistrados de la supermayoría conservadora de la Corte insistían en desviar la conversación durante los alegatos orales y no abordaban directamente los cargos contra Trump, ni siquiera intentaron considerar las implicaciones más profundas de aplicar esta nueva regla al caso que tenían enfrente ni las consecuencias si su regla, al final, deja que Trump se salve. 

En cambio, la Corte se retira del caso con la afirmación metódica pero miope de que “no puede fijar la atención exclusivamente, o ni siquiera principalmente, en las exigencias actuales” por miedo a que “los resultados transitorios” amenacen “el futuro de nuestra república”.

La Corte no evalúa las ramificaciones de su opinión, porque no puede, al menos no sin dejar al descubierto el desplome fundacional de toda la estructura que acaba de edificar. Este dictamen de la mayoría no puede ser, bajo ningún concepto, la regla de una democracia funcional. 

Trump ha sido acusado de haber intentado derrocar una elección que lo sacó de la presidencia. Cualquier regla que le otorgue al presidente inmunidad por ese delito nos quitaría el control principal que tenemos en nuestro sistema democrático sobre cualquier abuso del poder presidencial: nuestro voto. 

Y alentaría a otros candidatos que van perdiendo a tratar de hacer lo mismo en elecciones futuras. Es en este sentido que la opinión de la Corte no tiene ninguna base legítima. No solo inventa reglas constitucionales que van en contra de nuestros compromisos fundacionales y valores más tradicionales. Amenaza con eximir al presidente de los límites que imponen las leyes y la democracia. Y prepara el terreno para que un futuro presidente intente cumplir con la proposición más antidemocrática de todas: con poder, todo se puede hacer. 

Al querer resolver futuros casos imaginarios de criminalidad presidencial y, al mismo tiempo, restarle importancia al caso real de criminalidad que les ocupaba, la Corte Suprema ha puesto en peligro la posibilidad de hacerle rendir cuentas a Trump por sus actos ilegítimos. Ha violentado gravemente a nuestro derecho. Y ha dejado vulnerable a nuestra democracia. 

La opinión en el caso Trump v. United States no es una decisión seria para una democracia seria. Es un incumplimiento del deber sin precedentes.

Traducción de Ana Lis Salotti.